.
.

.

Plan para regular a ilegales llega a su final


planregularizacion
EL INICIO. El presidente Danilo Medina encabezó la primera reunión del Consejo Nacional de Migración (CNM) el 23 de octubre de 2013, en la cual se acordó elaborar el Plan Nacional de Regularizaciòn de extranjeros en situación irregular en la República Dominicana, acogiendo un mandato del Tribunal Constitucional.
SANTO DOMINGO.- Los hijos de inmigrantes  indocumentados no consignados en el registro civil hasta 2007 que logren legalizarse mediante el Plan de Regularización de Extranjeros que concluye hoy, tendrán que esperar dos años para optar por la naturalización que los acreditará como dominicanos.  

Esa disposición está contemplada en la ley 169/14, la norma legal que creó un régimen especial para beneficiar a esos descendientes de extranjeros nacidos en el país que durante años reclamaron documentos de identidad, pero luego una sentencia del Tribunal Constitucional estableció que no les corresponde la nacionalidad dominicana por ser hijos de ilegales. La ley condiciona la naturalización a la inexistencia de antecedentes penales.  

La naturalización es un modo de adquisición de la nacionalidad dominicana prevista en el artículo 7 de la Constitución y regulada por la ley 1683.

La ley 169/14 forma parte del conjunto de iniciativas implementadas  por el gobierno para cumplir con la sentencia 168/13, del Tribunal Constitucional. La primera medida fue aprobar el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros ordenado por el TC,  puesto en marcha mediante el decreto 327-13, al cual se acogieron hasta la semana pasada 245,000 personas.   

La ejecución de ese Plan, con una duración de 18 meses, puso término a casi 10 años de incumplimiento de la Ley de Migración 285-04, que había quedado en el olvido desde 2004,  legislación que tampoco entró en vigor  hasta el 2011 por falta de su reglamento de aplicación, emitido el 19 de octubre de ese año.      

El Plan ha dado la oportunidad a miles de extranjeros indocumentados y a sus hijos nacidos en el país a que regularicen su estatus, quedando sujetos a deportación en caso de no acogerse, una vez finalice el programa.   

El gobierno dominicano cumplió con el fallo del Tribunal Constitucional al que estaba obligado, debido a que las decisiones del TC son vinculantes y deben ser acatadas por todos los poderes del Estado.   

El TC ordenó ejecutar el plan para que se cumpla con el artículo 151 de la ley  de Migración, promulgada el 15 de agosto de 2004.  

Con la sentencia 168/13, emitida el 23 de septiembre del 2013, el Tribunal Constitucional mandó al Consejo Nacional de Migración, que preside el ministro de Interior y Policía,  a elaborar el programa en un plazo de 90 días,   y  a rendir un informe al Poder Ejecutivo, al cual también exhortó a que proceda a implementarlo.   

Para ello, el TC también dispuso que la Junta Central Electoral (JCE) remita al ministro de Interior y Policía la lista de extranjeros inscritos irregularmente en el Registro Civil de la República Dominicana.  

La primera acción del presidente Medina para dar cumplimiento al fallo del TC, fue convocar al Consejo Nacional de Migración (CNM), que realizó su primera reunión el 23 de octubre del 2013, justo un mes después de la sentencia.

En esa reunión el gobierno aprobó elaborar el Plan en un período  no mayor de 60 días. De inmediato ordenó a la JCE realizar, en un plazo de 30 días, un levantamiento de los nacimientos, oportunos y tardíos, de hijos de extranjeros registrados en el país desde el 1929 al 2007, así como la cantidad de extranjeros inscritos en los libros de extranjería y de Registro Civil y en el Maestro de Cedulados.   

El programa fue aprobado el 22 de noviembre de ese mismo año, siendo puesto en marcha una semana después con el decreto 327-13, emitido por el presidente Danilo Medina el 29 de noviembre, quedando bajo la dirección del Ministerio de Interior y Policía, a través de la Dirección de Migración.

Previo a su ejecución, el CNM sometió a la consideración de la ciudadanía la propuesta del Plan, dando un plazo de tres días a las personas interesadas en formular comentarios y recomendaciones.

El CNM explicó que la urgencia de la emisión del Plan obedece al tiempo transcurrido entre la promulgación de la Ley General de Migración y la sentencia 168/13 del  Constitucional.   

Posteriormente, el 23 de mayo del 2014 el presidente Medina promulgó la ley 169/14, con la cual creó un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el Registro Civil dominicano y sobre naturalización.      Dos meses después, Medina emitió el decreto  250-14,  que oficializa el reglamento para la aplicación de la ley 169/14.

Más tarde, el 30 de octubre de ese año, el Ejecutivo promulgó la ley 520-14,  para extender por 90 días el plazo para registrarse a los descendientes de extranjeros nacidos en el país, no inscritos en el Registro Civil, que vencía el 28 de octubre. Con esa ley, el plazo se prolongó hasta el primero de febrero del 2005. No hubo más prórroga, pese a ser solicitada.

LA JCE REALIZA AUDITORÍA PARA CUMPLIR FALLO DEL TC
Para cumplir con la sentencia 168- 13, la JCE realizó una auditoría al registro civil, verificando los libros desde 1929 al 2007, cuyos resultados divulgó el 27 de mayo pasado.

Auditó 53,827 libros, en los que halló inscrito extranjeros de 103 nacionalidades, 41,133 haitiana; 2,354 estadounidense; 1,705 española; 1,190 china; 586 puertorriqueña; 487 holandesa; 488 venezolana; 379 colombiana; 376 japonesa y 334 francesa, entre otras.

El presidente de la JCE, Roberto Rosario, expuso que con la auditoría comprobaron que las actas con posibles irregularidades representaron 0.58%.

Precisó que se autorizó la transcripción de alrededor de 53,000 expedientes, en base a la ley 169/14. Publicó en su página web una lista con los beneficiarios.

Luego deberá entregarle su cédula de identidad y electoral, que los acredite como dominicanos.

Previamente, por mandato del CNM, la JCE realizó un inventario de los libros , en el cual determinó que del 1929 al 2007 fueron asentados 53,847 hijos de extranjeros, 29,455 en base a la normativa vigente al momento del registro. Esos datos sirvieron de base al Plan Nacional de Regularización.

MEDIDAS BASE LEGAL
NACIONALIDAD DOMINICANA
Con la sentencia 168/13, el TC rechazó un recurso a la señora Juliana Deguis, una mujer de ascendencia haitiana que sometió una acción de amparo para reclamar a la JCE su acta de nacimiento.   El TC determinó que  no le corresponde la nacionalidad dominicana, debido a que si bien nació en el territorio nacional, es hija de ciudadanos extranjeros en tránsito (ilegales), en base  al artículo  11.1 de la Constitución del 29 de noviembre de 1966, vigente a la fecha de su nacimiento.  Ordenó a la JCE entregarle el acta y proceder a someter dicho documento al tribunal competente para que determine su validez o nulidad. A Migración le ordenó otorgarle un permiso especial de estadía temporal a Deguis.

DURACIÓN DEL PROGRAMA
 El decreto 327/13, del 29 de noviembre del 2013, fijó en 18 meses la duración del Plan.  Estableció que el extranjero que resida irregular que no se acoja  o que no califique será deportado. En el artículo 33  estableció que en un plazo de 45 días desde la recepción de la solicitud, el MIP adoptará la decisión  y la notificará al interesado, el cual podrá impugnarla en caso de ser negada. Podían acogerse los extranjeros que  ingresaron de forma irregular en violación a las normas establecidas , y los que entraron regular y su condición de irregularidad se originó por exceder el tiempo por el que fue autorizado a permanecer, y violentar las condiciones que dieron origen a su admisión regular o a las condiciones de permanencias. 

UN RÉGIMEN ESPECIAL
  La ley 169/14 fue aprobada el 23 de mayo de 2014. Estableció, por un lado, un régimen especial para hijos de extranjeros no residentes nacidos en el país entre el 16 de junio de 1929 al 18 de abril de 2007,  inscritos en el registro civil dominicano en base a documentos no reconocidos por las normas vigentes, a los cuales la JCE procederá a transcribir las actas en los libros.   Y por otra parte,  dispuso el registro en el libro de extranjería de hijos de extranjeros irregulares nacidos en el país, contemplado en la Ley de Migración. Luego de registrado, ese grupo podía acogerse al  Plan y una vez regularizados, optar por la naturalización  dentro de  2 años, en base a la ley que rige la materia.

Reviews

  • Total Score 0%
User rating: 0.00% ( 0
votes )



Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *