La declaratoria de Loma Miranda como área protegida en la categoría de Parque Nacional, es una prioridad demasiado seria, sustentada en argumentos de incuestionable razón, inclusive mas allá de aquellos contemplados en la Ley Sectorial No. 202 -04 sobre Aéreas Protegidas. No obstante, el minúsculo grupillo promotor de su explotación y negocio, aborda el tema como un acto cómico, mojiganga, relajo, mofa o sarcasmo, con acentuada carencia de juicio y realidad, lo cual se trata de un vano esfuerzo mediático de estos afrentosos con intentos confusionistas. Y no pasaran.
Loma Miranda forma parte integral de los 48,670 Km2 que conforma el territorio soberano de la Republica Dominicana, y quien intente desconocer esa realidad ha perdido el tino o le hace falta que repase un tanto el Articulo 14 de la actual Constitución, el cual establece que “Son patrimonio de la Nación los recursos naturales no renovables que se encuentren en el territorio y en los espacios marítimos bajo jurisdicción nacional, los recursos genéticos, la biodiversidad y el espectro radioeléctrico”.
Los promotores del negocio minero presumen pasarse de listos, intentando desconocer la seguridad jurídica de la población dominicana, cuya protección constituye una prioridad antes que los intereses económicos de individuos particulares, tanto es así que la propia Constitución lo consagra en la Sección IV sobre los Derechos Colectivos y del Medio Ambiente, específicamente en sus Artículos 66 y 67.
En Loma Miranda tiene lugar el nacimiento de un diverso tejido hidrológico conformado por múltiples manantiales, arroyos, ríos y el especial espectáculo que brinda la Cascada La Llovedora, con decenas de manantiales brotando como duchas del seno de la Tierra. El Arroyo Verraco abastece de agua al complejo de granjas avícolas y porcinas, ubicado en la comunidad de Sabana del Puerto; los arroyos Miranda, Hatillo, Pedregal, Caño Ancho, Ramada y el Rio Piedra se desplazan serpenteando pendientes abajo en procura de deslizarse con su flujo. El Rio Jagüey recibe las aguas que le tributan los arroyos Azafrán y Colorado; para con su cauce formar el conjunto de charcos denominados Los Dajaos, El Chorro, La Burbuja, De Julia, La Mara, Del Higo, De Ana, Del Jobo, Del Cacao y el Pasadero de Mon Marte, este remanso de belleza y armonía con la madre naturaleza da lugar al Balneario Acapulco, centro de atracción de miles de turistas nacionales que disfrutan de los encantos que posee este paradisiaco lugar.
Loma Miranda posee una riqueza de flora compuesta por 482 especies, agrupadas en 336 géneros y 98 familias, y 62 especies de fauna. De la riqueza florística, se destaca el hecho de que 423 especies son endémicas de la Isla Española, destacándose la abundancia del pino dominicano (Pinus occidentalis), cabirma (Guarea guidonia), guanito (Coccothrinax argéntea), helechos, lianas, bromelias y orquídeas. Los inventarios realizados a nivel de reconocimiento describen una significativa representatividad de la avifauna, con más de 30 especies avistadas, una importante representatividad autóctona en anfibios y reptiles; donde los niveles de endemismo rebasan el 85% en el primero y el 83% en el segundo.
Dentro del conjunto de riquezas naturales que alberga Loma Miranda, destaca la presencia de la Cueva La Majaguita, con un conjunto de 16 petroglifos con grabados rupestres de imágenes humanas, decoradas por nuestros antiguos tainos, pobladores de estas montañas.
La declaración de Loma Miranda como Parque Nacional y su incorporación al Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) está correctamente sustentada en criterios de carácter técnico, y en derechos soberanos, los cuales tienen sentido de pluralidad y vigencia presente y futura.
El espíritu previsor ha sido un factor clave y esencial para incorporar al sistema nacional de áreas protegidas a 86 espacios naturales que representan el 22% de la superficie geográfica dominicana. Las mismas resultan de un incalculable valor en la protección de las cuencas hidrográficas que abastecen de agua a toda la población dominicana que consume 2,319 M3 por segundo, en agricultura 5,872 M3 por segundo, en la producción pecuaria 78 M3 por segundo, en la industria turística 111 M3 por segundo y en las demás actividades industriales 4 M3 por segundo. Estamos hablando ante todo de los alimentos que consumimos en la población dominicana y los turistas que nos visitan, además de constituir el 32% del volumen neto de los productos exportados, generación de más del 14% de la energía eléctrica y de la fuente esencial para la dinámica de diversificación y desarrollo del ecoturismo.
Las áreas protegidas representan los pilares que sustentan el desarrollo socioeconómico de la Republica Dominicana, la seguridad y soberanía alimentaria de nuestra nación.
La sentencia TC /0167/13 emitida por el Tribunal Constitucional, constituye una garantía de preservación perenne del 100% de los 39 Km2 que constituye el área geográfica de Loma Miranda. Más aun la negativa de la Licencia Social que por diversas vías intentó desmontar el grupillo de los mineros, no tiene antecedentes en nuestro país, imposible volver atrás.
Cualquier intento por violentar nuestros derechos soberanos, ambientales y el propio estado de garantía jurídica, pudiera traer serias consecuencias a la empresa que pretenda imponer sus reales sobre la base de nostálgicos acuerdos autorizados por el despótico régimen que ostentaba aquella tiranía sin ejemplo de los años 1930 – 61, y ser llevada al banquillo de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos y al seno de la Organización de las Naciones Unidas (ONUD), con las consecuentes sanciones que le pudieran sobrevenir a su casa matriz.
Atendiendo a una razón lógica, lo más prudente sería que el Excmo. Sr. Presidente de la Republica, Lic. Danilo Medina Sánchez, haga uso de las facultades que le concede la Constitución y aproveche el mes de la patria y el escenario del 27 de febrero, para procurar una solución definitiva con respecto a Loma Miranda, escribiendo otra de sus gloriosas paginas en la historia dominicana. Porque Loma Miranda es una prioridad demasiado seria.